El 1º de diciembre de 1959, Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Estados Unidos, Francia, el Reino Unido, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Sudáfrica y Rusia firmaron el Tratado Antártico en la ciudad de Washington, con el objeto de promover y asegurar las actividades de investigación científica en la Antártida. El Tratado aboga por el uso pacífico de este territorio, estableciendo que resulta “en interés de toda la humanidad que la Antártida continúe utilizándose siempre exclusivamente para fines pacíficos y que no llegue a ser escenario u objeto de discordia internacional”.
El Tratado Antártico entró en vigor el 23 de junio de 1961, al obtener la ratificación parlamentaria de todos sus signatarios originales. La Argentina es Parte Consultiva del Tratado, lo cual implica que nuestro país posee voz y voto en las reuniones consultivas anuales que realizan los estados miembros.
Sistema del Tratado Antártico
Se entiende como Sistema del Tratado Antártico al conjunto de normas e instituciones surgidas del mismo. Entre ellas se cuentan tres acuerdos logrados en el seno de las reuniones consultivas: la Convención sobre la Conservación de Focas Antárticas (CCFA, 1972), la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA, o CCAMLR, 1980) y el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus Anexos (Protocolo de Madrid, 1991).
Las Reuniones Consultivas del T.A. sirven para intercambiar información, hacer consultas sobre asuntos específicos relacionados con Antártida, formular y considerar medidas propuestas por las partes. Es interesante destacar la amplia y activa participación de la Argentina en estas reuniones.
De las mismas surgen las reglas y directrices dirigidas a los turistas y operadores turísticos contemplados en el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del medio Ambiente y en la Guía para los visitantes a la Antártida. Entre las directivas se encuentran el requisito de presentar informes sobre las visitas que realizan los tour operadores y las condiciones específicas para los lugares más visitados por turistas.
El texto completo del Tratado Antártico puede descargarse AQUÍ
Instituto Antártico Argentino
www.cancilleria.gob.ar/es/iniciativas/dna/instituto-antartico-argentino
Secretaría del Tratado Antártico
Campañas Antárticas de la Armada Argentina
www.gacetamarinera.com.ar/seccion/antartida/
IAATO –International Association of Antarctica Tour Operators
Asociación Internacional de Operadores Turísticos Antárticos
www.iaato.org/visiting-antarctica
El 1º de diciembre de 1959, Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Estados Unidos, Francia, el Reino Unido, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Sudáfrica y Rusia firmaron el Tratado Antártico en la ciudad de Washington, con el objeto de promover y asegurar las actividades de investigación científica en la Antártida. El Tratado aboga por el uso pacífico de este territorio, estableciendo que resulta “en interés de toda la humanidad que la Antártida continúe utilizándose siempre exclusivamente para fines pacíficos y que no llegue a ser escenario u objeto de discordia internacional”.
El Tratado Antártico entró en vigor el 23 de junio de 1961, al obtener la ratificación parlamentaria de todos sus signatarios originales. La Argentina es Parte Consultiva del Tratado, lo cual implica que nuestro país posee voz y voto en las reuniones consultivas anuales que realizan los estados miembros.
Sistema del Tratado Antártico
Se entiende como Sistema del Tratado Antártico al conjunto de normas e instituciones surgidas del mismo. Entre ellas se cuentan tres acuerdos logrados en el seno de las reuniones consultivas: la Convención sobre la Conservación de Focas Antárticas (CCFA, 1972), la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA, o CCAMLR, 1980) y el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus Anexos (Protocolo de Madrid, 1991).
Las Reuniones Consultivas del T.A. sirven para intercambiar información, hacer consultas sobre asuntos específicos relacionados con Antártida, formular y considerar medidas propuestas por las partes. Es interesante destacar la amplia y activa participación de la Argentina en estas reuniones.
De las mismas surgen las reglas y directrices dirigidas a los turistas y operadores turísticos contemplados en el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del medio Ambiente y en la Guía para los visitantes a la Antártida. Entre las directivas se encuentran el requisito de presentar informes sobre las visitas que realizan los tour operadores y las condiciones específicas para los lugares más visitados por turistas.
El texto completo del Tratado Antártico puede descargarse AQUÍ
Instituto Antártico Argentino
www.cancilleria.gob.ar/es/iniciativas/dna/instituto-antartico-argentino
Secretaría del Tratado Antártico
Campañas Antárticas de la Armada Argentina
www.gacetamarinera.com.ar/seccion/antartida/
IAATO –International Association of Antarctica Tour Operators
Asociación Internacional de Operadores Turísticos Antárticos
www.iaato.org/visiting-antarctica